Sentencia declarando nulidad de préstamo por usura

15 sept 2016







Nuevo revés judicial para el controvertido usurero Antonio Arroyo Arroyoel Juzgado de Primera Instancia nº 3 de Sanlúcar de Barrameda (Cádiz) ha dictado sentencia declarando "nulo de pleno derecho" el préstamo hipotecario que suscribió en su día con una de sus numerosas víctimas, Gracia, actualmente delegada de la asociación Stop Estafadores en la Comunidad autónoma andaluza.

La resolución judicial analiza globalmente las condiciones de la operación, considerando que “nos hallamos ante un préstamo en el cual se estipuló un interés notablemente superior al normal del dinero”, además de que en la escritura se consideró como entregada una cantidad superior a la realmente recibida por la prestataria”. A estos dos factores se suma “el exiguo plazo concedido para la devolución” y “la constitución de una garantía hipotecariasobre la vivienda de la afectada.

La valoración conjunta de estos factores lleva al juzgador a aplicar la vieja Ley Azcárate contra la usura del año 1908, aún en vigor, lo que tiene como consecuencia la nulidad del contrato y que la prestataria tenga que devolver sólo lo realmente percibido y sin intereses de ningún tipo.

La sentencia, que estima la demanda redactada por el abogado de Pamplona Ignacio Monreal, ordena la cancelación de la inscripción de la hipoteca sobre la casa de la demandante y condena a Antonio Arroyo al pago de las costas procesales. La resolución no es firme, dado que puede aún ser recurrida en apelación.

4 comentarios:

Unknown dijo...

Buen trabajo del abogado Ignacio Monreal Fernandez, es un experto en el tema y ya ha ganado bastantes casos de este tipo.

Alberche Abogados dijo...

Gracias por su comentario.

Aunque esta web temática está promovida por nuestro despacho, Alberche Abogados, pionero en la denuncia pública de estas tramas y en las actuaciones judiciales, eso no impide el reconocimiento a otros compañeros que vienen trabajando en esta misma temática con rigor y profesionalidad, como es el caso del abogado Ignacio Monreal, al que felicitamos.

Pretendemos que el blog contenga toda la información útil para afectados, profesionales y medios de comunicación sobre esta materia. Y entre esa información sin duda tienen relevancia las sentencias de interés, ya sean obtenidas por nuestro despacho o por otros.

Anónimo dijo...

Buenos días
Tengo una casa embargada por este ser, nos llevo a juicio para embargar la casa, pero después de muchos días de amenazas e intentos de negociación por nuestra parte dejamos la vivienda aconsejados por una abogada. Al juicio no se presento nadie, así que no sabemos que pasa con nuestra casa. En las notas simples que pedimos siguen apareciendo el embargo por una hipoteca cambiaría (que nadie nos explica que es ni como cancelarla ni nada). Según el primer abogado que tuvimos ya no nos pueden embargar la casa

Que debemos hacer, esperar el día que se acuerden de nuestra casa y nos echen)

Alberche Abogados dijo...

Aparte de lo que nos comentan, habría que examinar directamente la documentación del caso, porque asesorar con información tan incompleta es arriesgado y hacerlo en público más. Si ya hay un abogado llevando el caso, es este compañero quien deberá asesorarles al respecto. Si no, pueden consultarnos en el correo abogados@alberche.com, teléfono 911886075 o fax 91202582, pero siempre estudiando la documentación, no sólo información verbal. En todo caso, les recomendamos que no lo dejen y actúen al respecto o despejen la incertidumbre. Un saludo.

Publicar un comentario